
Los 60 Jurados Electorales Especiales (JEE) empezaron a resolver las actas observadas que les enviaron las dependencias descentralizadas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). Deben determinar su validez a fin de que sean contabilizadas y pueda proclamarse el resultado de las elecciones congresales extraordinarias del domingo último.
De acuerdo a información del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), hasta el cierre de esta edición se habían resuelto 2,139 actas, la mayor parte de ellas en los jurados de Pacasmayo, Lima Norte 1, Huaura, Trujillo, Huaraz, Lima Centro 2 y Lima Este 1.
Si, por el contrario, son impugnadas, serán derivadas al JNE para que se pronuncie en última y definitiva instancia.
Errores de conteo
Revisando las resoluciones que han sido colgadas en la página web del JNE, se puede observar que la mayor parte de las objeciones presentadas dan cuenta de errores materiales, es decir, de conteo.
Por ejemplo, se presentan casos en los que la cifra de electores no coincide con la cantidad de votos emitidos, y en otros el número de votos preferenciales supera el doble del respaldo obtenido por la agrupación política.
También se han registrado algunas observaciones por problemas de ilegibilidad, es decir, porque existía la duda por borrones o dificultad de leer el número preferencial.
Para resolver los cuestionamientos, se coteja el acta remitida por la ODPE con el documento que el JEE recibió el mismo día de los comicios.
En algunos casos declaran válido dicho material electoral, con lo que se podrá contabilizar el voto para el partido, pero anulan los votos preferenciales.
Según los datos que se consignan en las resoluciones de los JEE, desde el lunes se comenzaron a resolver las observaciones a las actas que les fueron llegando, pero han comenzado a publicarse ayer, por lo que el plazo para impugnarlas vence el domingo 2 de febrero.
JNE convocaría a audiencias para ver las apelaciones
El procedimiento para resolver las actas observadas en los Jurados Electorales Especiales es bastante rápido. Por lo general se resuelven cotejando el material electoral respectivo. Por ello, podrían culminar con las resoluciones en tres o cuatro días.
Sin embargo, si el personero del partido apela porque considera que se ha vulnerado sus derechos, el expediente pasa al Jurado Nacional de Elecciones, donde se requiere mayor deliberación, y por lo tanto más tiempo.
En este caso se convoca a una audiencia, donde los personeros expondrán sus fundamentos. Fuentes del máximo ente de justicia electoral señalan que esta segunda instancia requeriría de dos semanas para ver todos los casos.