ENFOQUE/ El pago de las gratificaciones para las trabajadoras del hogar

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TRUJILLO/ Julio es uno de los meses más esperados por muchos trabajadores, no solo por los días de descanso durante los feriados, sino también porque muchos reciben un sueldo adicional correspondiente al pago de sus gratificaciones. Aunque, existe un grupo importante que muchas veces no es compensado económicamente de la manera correcta, este es el rubro de las trabajadoras del hogar.

Tal y como establece la ley n.o 31047, la cual vela por el cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y trabajadores del hogar, a cualquier personal de apoyo en casa contratado a tiempo completo le corresponde el pago de sus beneficios, entre ellos el abono de su gratificación.

Para el economista y docente de la Universidad César Vallejo, José Orderique, el pago de las gratificaciones les corresponde a los trabajadores de empresas que se encuentran en el régimen de quinta categoría, es decir, están en planilla y tienen un contrato de trabajo. Aquí también se encuentran las personas inscritas formalmente en Essalud como trabajadoras del hogar y con contrato de servicios. El pago de la gratificación es el equivalente a un sueldo completo; de tener menos de este tiempo, se prorrateará el pago en base a los meses trabajados.

El especialista brindó un ejemplo para calcular el pago de este beneficio:
● Si la trabajadora gana mensualmente el sueldo mínimo: S/1.025.
● Si la trabajadora tiene solo tres meses trabajando: 1.025/12 = 85.41. Multiplicado por 3 meses, su gratificación sería S/256.23.

“Hoy en día, las trabajadoras del hogar no solo gozan de todos los beneficios sociales como el pago de un seguro de salud, vacaciones remuneradas, CTS, accesos al sistema de pensiones, descanso pre y posnatal, entre otros. En julio, al igual que a cualquier otro trabajador, le corresponde el abono de gratificación; sin embargo, para trabajadoras del hogar se considera el régimen mype, que es 50 % del sueldo. De trabajar por horas, le corresponderá un porcentaje adicional de su sueldo, este cálculo siempre irá de la mano con el contrato que establezca con su empleador”, explicó.

El especialista brindó algunas recomendaciones para darle un buen uso a este dinero:
● Realizar pagos adelantados abonando al capital de la deuda de tarjetas de crédito o préstamos personales
● No gastes en vano.
● Ahorra siempre un porcentaje de este dinero.
● Evita los gastos hormiga.
● Siempre será mejor abonar en efectivo, de esta manera evitaremos el pago adicional de intereses.

Finalmente, el docente recordó que el empleador está en la obligación de efectuar el pago de las gratificaciones antes del 15 de julio; de lo contrario, podría ser sancionado con el monto equivalente a 4 UIT.

Manuel Rodríguez



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