Las universidades sin licenciamiento están obligadas a garantizar continuidad de estudios

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La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) precisó que la decisión de denegar una licencia institucional no implica el cierre inmediato de una universidad.

Mediante un comunicado, la entidad recordó que las universidades con licenciamiento denegado entran en un Plan de Cese de Actividades con un plazo máximo de dos años. No obstante, estos centros de estudios están obligada a mantener su servicio educativo con las mismas condiciones que acreditó al momento de su evaluación.

“Si bien quedan impedidas de realizar nuevos procesos de admisión (exámenes de admisión), sus obligaciones con sus estudiantes se mantienen en ese tiempo”, aclaró la Sunedu.

Asimismo, durante el proceso de cese, las universidades están obligadas a ofrecer a sus estudiantes opciones que garanticen la continuidad de sus estudios.

“Estas alternativas incluyen facilidades para realizar traslados mediante convenios con universidades licenciadas o, incluso, la posibilidad de fusionarse con otra universidad licenciada”, se lee.

Adicionalmente, los estudiantes también pueden optar por continuar sus estudios en la universidad con licencia licenciadas o buscar un traslado a título individual.

Sunedu recordó que la Ley Universitaria vigente desde julio del 2014 y el modelo de licenciamiento establece las Condiciones Básicas de Calidad (CBC) que todas las universidades deben cumplir y el procedimiento que se debe seguir ante la institución para obtener la licencia.

“La obligación de las universidades peruanas de cumplir con estas CBC quedó clara desde la emisión de estas normas, y no comienza con la presentación de una solicitud de licenciamiento”, aclara.

Manuel Rodríguez



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